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"... El fomento del teatro y la promoción de compañías y grupos teatrales..."

Archivado en La Nota de Melilla • Fecha: 06-06-2008 09:19:31

Ayer por la noche se llenó de público la sala del Teatro Perelló para contemplar la puesta en escena de la obra “Esperando a Godot”, de Samuel Becket, y con ello el Grupo Concord consiguió el primero de los objetivos programados para la presente temporada de representaciones.

Sería fácil hoy arremeter contra la consejera de Cultura de la Ciudad Autónoma, Simi Chocrón, y utilizar el respaldo que la ciudadanía ha dado a la convocatoria del grupo teatral para culparle en solitario del “ninguneo” que la Administración local ha efectuado sobre Concord desde que su director, José María Antón, pronunció aquellas polémicas palabras que tanto han dado que hablar desde entonces.


Y es que también es casualidad que, desde aquel día, el grupo intervino en menos ocasiones de las programadas en la edición de 2006 del Mercado Medieval y no actuó en la correspondiente de 2007. Asimismo, además de no contar con ayuda pública para el desarrollo de sus actividades, dentro de esta atípica fortuna, no encuentra fecha libre para representar en el Palacios de Congresos ni en el Salón de Actos de la UNED,... centros públicos de la Administración local. En esto no se puede culpar sólo a Chocrón quien, además, ya tiene otros inconvenientes en su quehacer cotidiano como componente del Gabinete Imbroda para buscarse unos “enemigos” tan incómodos como han demostrado ser los integrantes del grupo teatral, que no se callan, y así se puede comprobar en el informe recopilatorio del caso que está disponible en melillense.net.


Entre todas las funciones de gobierno siempre me ha llamado la atención la correspondiente al área de Cultura, pues debe ser gratificante trabajar por enriquecer el patrimonio hístorico-artístico-cultural de una ciudad y ofrecer actividades que fomenten la creatividad artística de un pueblo. ¡Se pueden hacer tantas cosas!.


El área de Cultura no sólo se puede gestionar en base a propuestas económicas presentadas por agencias intermediarias -que las hay- o esperar que las asociaciones culturales entreguen en plazo y forma sus actividades previstas para el siguiente ejercicio. Mi opinión personal es que en este área el/la político/a debe dialogar, consensuar, con aquellas personas de la ciudadanía que tienen inquietudes para desarrollar actividades y, después, adaptar los borradores de presupuestos porque estos son sólo un cálculo de lo futurible, un supuesto. Además, siempre hay remanentes porque existe también la supresión de actividades. Es decir, más vale una acción para promover o fomentar un hecho que esperar a que éste te venga propuesto.


Y, sobre todo, en un/a gestor/a debe primar como objetivo el mejor servicio a la ciudadanía por encima de cualquier animadversión que te pueda producir quien se sienta al otro lado de la mesa o del estrado.


Mientras se abre un nuevo periodo de reflexión he copiado al final de este artículo los acuerdos del Consejo de Gobierno relativos a la Consejería de Cultura. La finalidad de esto es refrescarle lector/a -incluido/a cualquier integrante del Gobierno local- los objetivos que se trazaron en su día para este área, cuando se definió la estructura del actual gabinete.


Miguel Gómez Bernardi


Acta del Consejo de Gobierno en sesión ejecutiva extraordinaria y urgente celebrada el día 20 de julio de 2007


PUNTO SEGUNDO.- DISTRIBUCIÓN DE COMPETENCIAS ENTRE LAS CONSEJERÍAS


Pags. 15, 16 y 17


9.- CONSEJERÍA DE CULTURA Y FESTEJOS.


Corresponde a la Consejería de Cultura y Festejos las siguientes atribuciones:


9.1.- Tramitación de expedientes de subvenciones y resolución en materia de Cultura y Festejos.


9.2.- Propuestas al Consejo de Gobierno y a la Asamblea de Melilla en materia de Cultura y Festejos.


9.3.- Visado de certificados y justificaciones administrativas en materia de Cultura y Festejos.


9.4.- Autorización a particulares para examinar documentos de la Consejería.


9.5.- Dirección, inspección e impulso de los servicios de la Consejería.


9.6.- Control y gestión de instalaciones culturales.


9.7.- Las funciones sobre patrimonio histórico, artístico, monumental, arquitectónico, arqueológico, paleontológico,etnológico, bibliográfico y documental, salvo las que continúan perteneciendo a la Administración General del Estado.


9.8.- Informar, mediante la Comisión de Patrimonio Histórico-Artístico, la concesión de licencias de obras y expedientes de ruina a que se refieran o afecten al Conjunto Histórico declarado Bien de interés cultural y cualquier otro bien especialmente protegido.


9.9.- Tramitación de las solicitudes de exportación de bienes muebles de Patrimonio Histórico-Artístico.


9.10.- Iniciación y tramitación de los expedientes de declaración de bienes de interés cultural.


9.11.- Participación en el Consejo del Patrimonio Histórico Español.


9.12.- Tramitación de solicitudes al Registro Central de la Propiedad Intelectual y Depósito Legal.


9.13.- Participación en la Comisión de Coordinación del Registro de la Propiedad Intelectual.


9.14.- Funciones sobre archivos, bibliotecas, museos, hemerotecas y servicios de Bellas Artes, sin perjuiciode aquéllas cuya gestión continúa correspondiendo a la Administración General del Estado.


9.15.- Gestión de la Biblioteca Pública de Melilla.


9.16.- Gestión del Archivo Central de al Ciudad Autónoma de Melilla.


9.17.- Gestión de Aulas Culturales para Mayores.


9.18.- Gestión de los Museos de titularidad de esta Administración y exposiciones permanente.


9.19.- El fomento de la música, la promoción de la creatividad y difusión de la misma, así como la ayuda a sociedades de conciertos, asociaciones musicales, entidades musicológicas, orquestas y conjuntos instrumentales,corales y coreográficos, y la organización y promoción de manifestaciones musicales, entidades musicológicas,orquestas y conservación del folklore.


9.20.- El fomento del teatro y la promoción de compañías y grupos teatrales, así como el desarrollo y la promoción de toda clase de actividades teatrales, festivales, certámenes, teatro infantil, juvenil y vocacional y el apoyo demanifestaciones cinematográficas en general.


9.21.- La promoción de la cinematografía y el fomento de toda clase de actividades de la creatividad artística en este campo de la cultura, la ayuda a cine-clubes y a entidades culturales cinematográficas en general.


9.22.- El fomento de la creación literaria, la promoción del libro y de las ediciones sonoras y audiovisuales, la promoción de los hábitos de lectura, muy en particular en los sectores infantil y juvenil, el apoyo al autor y a su obra,la difusión cultural a través de los libros, de las manifestaciones literarias y la creación y sostenimiento de fonotecasy videotecas.


9.23.- El Servicio de Publicaciones de la Ciudad Autónoma, que se gestionará según los criterios relacionados por orden de prelación:


a) Publicaciones oficiales, excluido el Boletín Oficial de la Ciudad.


b) Obras de interés general para la Ciudad Autónoma, atendiendo a las propuestas remitidas por las diferentes Consejerías.


c) Otras obras cuyo contenido tengan un interés general.


9.24.- Fomento y conservación de fiestas populares y/o religiosas, atendiendo a la multiculturalidad de la ciudad.


Acta de la sesión extraordinaria y urgente del Consejo de Gobierno del 8 de abril de 2008


PUNTO SEGUNDO.- TRANSFERENCIAS COMPETENCIAS FESTEJOS EN LA CONSEJERÍA DE PRESIDENCIA Y PARTICIPACIÓN CIUDADANA.-


Pags. 03 y 04


El Consejo de Gobierno acuerda aprobar propuesta de la Presidencia, cuyo tenor literal es el siguiente:


"El artículo 7.3 del Reglamento del Gobierno y de la Administración de la Ciudad Autónoma de Melilla eslablece que: "Los Consejeros ostentarán las facultades de gestión, impulsión, administración, inspección y sanción respecto a los asuntos de su departamento, así como la de propuesta cuando carezcan de poder de resolución.


Por Decreto nº 33, de 16 de julio de 2007. la Presidencia designó a los titulares de las distintas Consejerías de la Ciudad. y el Consejo de Gobierno, en sesión de 20 del mismo mes y año, determinó las competencias de cada Consejería.


Considerándolo conveniente por razones de gestión. y atendiendo a criterios de coordinación de todas las actividades culturales. incluso las de organismos dependientes de la Ciudad. que se pueden incluir bajo el término genérico de "participación ciudadana". VENGO EN PROPONER AL CONSEJO DE GOBIERNO se adopte acuerdo atribuyendo las competencias en materia de festejos a la Consejería de Presidencia y Participación Ciudadana.


En consecuencia. al parágrafo 2 del acuerdo citado se le añade un nuevo epígrafe. que es el siguiente:


"2.10.- FESTEJOS


a) Fomento y conservación de fiestas populares y/o religiosas, atendido a la multiculturalidad de la Ciudad:


Navidad y Reyes.


Carnavales.


Cruces de Mayo.


Romería del Rocío,


Gala de Miss y Míster Melilla.


Conciertos de Verano.


Hogueras de San Juan.


Fiestas Patronales.


Espectáculos taurinos.


Concierto Día de Melilla.


Ramadán Januká.


Esta atribución conlleva el necesario traspaso de medios humanos y económicos de la Consejería de Cultura a la Consejería de Presidencia y Participación Ciudadana.


A su vez. la Consejería de Cultura y Festejos pasa a denominarse solamente "Consejería de Cultura" y los epígrafes 9.1. 9.2 Y 9.3 del parágrafo 9 del acuerdo de Consejo de Gobierno de 20 de julio de 2007, pasan a tener la siguiente redacción:


"9.1.- Tramitación de expedientes de subvenciones y resolución en materia de cultura".


"9.2.- Propuestas al Consejo de Gobierno y Asamblea de Melilla en materia de cultura".


"9.3.- Visado de certificados y justificaciones administrativas en materia de cultura".


Por último. dentro del citado paráfrago. desaparece el apartado 9.24.


A su vez. la Comisión Permanente de Cultura. Festejos. Juventud y Deporte" pasa a denominarse" Comisión Permanente de Cultura, Juventud y Deporte".



Escrito por Miguel Gómez Bernardi
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