La Sección 7ª de la Audiencia Provincial de Málaga celebró el jueves la vista en la que se examinaban los recursos de apelación interpuestos contra el auto del Juzgado de Instrucción que ordenó, después de cinco años de complejas y exhaustivas investigaciones, el enjuiciamiento de cinco abogados locales y dos funcionarios judiciales por la presunta apropiación de fianzas depositadas en el Juzgado de Primera Instancia e Instrucción nº 2.
En principio, la tramitación de este procedimiento no parece que tenga mucha dificultad. El juez instructor, después de practicar las diligencias probatorias pertinentes, podía haber adoptado dos decisiones: una, acordar el sobreseimiento si el hecho no fuese constitutivo de infracción penal y, otra, seguir las actuaciones procesales si existieran indicios de la presunta comisión de un delito.
El órgano judicial resolvió continuar el procedimiento y trasladó el expediente al Ministerio Fiscal y a las acusaciones para que solicitaran la apertura del juicio oral y formularan el escrito de acusación. Y, precisamente, este auto es el que ha sido apelado por los abogados y funcionarios imputados y por las partes acusadoras porque, según los primeros, resulta procedente el sobreseimiento y, conforme al criterio de los segundos, también pudo haberse cometido un delito de falsedad, además de los presuntos de malversación de caudales públicos e infidelidad en la custodia de documentos públicos apreciados por el juez instructor.
Por tanto, la resolución que finalmente dicte la Audiencia Provincial se pronunciará exclusivamente sobre las dos cuestiones planteadas por las partes, sin que a este respecto, según fuentes consultadas, sea normal que la Sala acuerde en estos casos el sobreseimiento porque, al margen del abundante material presumiblemente probatorio (informes periciales, retirada efectiva del dinero, devolución de cantidades cuando se inician las investigaciones, ... etc), es doctrina de los tribunales que la inocencia o culpabilidad de los acusados habrá de determinarse en el correspondiente juicio oral celebrado con todas las garantías procesales.